Bienes para Cesión
Información de la Cesión temporal gratuita de Edificios y Espacios Públicos Municipales, Edificios Modulares y de Bienes y Equipamientos, con destino a las Asociaciones Inscritas en el R.A.M. del Ayuntamiento de Aljaraque:
Conforme establece el art. 3 del Reglamento Municipal Regulador de la Cesión Temporal de Edificios y Espacios Públicos Municipales del Ayuntamiento de Aljaraque, son:
Edificios disponibles:
a) Teatro Cinema de Corrales.
b) Sala de Exposiciones del Edificio Municipal de Bellavista.
c) Salón Multiusos del Centro de Mayores de Aljaraque.
d) Caseta Municipal de Aljaraque.
e) Salón de Plenos del Ayuntamiento de Aljaraque.
f) Otras instalaciones municipales demaniales, cuya formalización y regulación queda definida en el art. 4 y siguientes del mencionado Reglamento.
El Art. 5 del Reglamento Regulador del Uso, Funcionamiento y Régimen Sancionador de los Edificios Modulares Municipales con destino a la cesión gratuita temporal a las Asociaciones inscritas en el R.A.M. y Hermandades y Cofradías del Municipio, establece las condiciones de uso:
• El uso de los despachos podrá ser disfrutado por una o varias asociaciones; recomendándose un máximo de tres.
• El salón común será siempre compartido entre todas las asociaciones con sede en el albergue para sus actividades o reuniones. El Ayuntamiento también podrá disponer del uso de dicha sala cuando no interfiera en el normal desarrollo de las actividades de las asociaciones.
• El mantenimiento del Albergue correrá a cargo de la Administración Local, sin perjuicio de imputar el coste de la reposición y/o reparo a las personas físicas o jurídicas que resulten culpables por acción y omisión del deterioro de las instalaciones o elementos de las mismas.
• El suministro de agua, electricidad y el sistema de climatización correrá por cuenta del Ayuntamiento de Aljaraque.
• El tiempo vacante del salón común resultante de lo dispuesto en el artículo anterior, podrá ser solicitado por las asociaciones u otras organizaciones municipales de carácter político, sindical, educativo, etc... siempre que el ánimo de lucro no sea uno de los fines de la Entidad solicitante del espacio, aunque no dispongan de sede social en el Edificio Modular.
• Queda expresada su regulación en el resto del articulado del citado Reglamento.
• La Ordenanza Municipal Reguladora de la Cesión gratuita temporal de Bienes y Equipamientos de la Concejalía de Cultura y Festejos del Ayuntamiento de Aljaraque, establece en su art. 2 el equipamiento que se considera incluido en esta Ordenanza, y, es el que a continuación se reseña:
a) Equipo de sonido y luces.
b) Carpa.
c) Escenario y tarimas.
d) Megáfono.
e) Pantalla. (Proyector y cañón).
f) Tablones. (Borriquetas para construcción de mesas).
g) Tablones y expositores.
h) Cualquier otro que se prevea para uso temporal. (Sillas).
Los requisitos y regulación quedan expresamente recogidos en los distintos artículos que componen dicha Ordenanza